El impago constituye el incumplimiento del saldo de un determinado valor monetario en la fecha acordada de liquidación.
Las razones que motivan el impago de una determinada deuda por parte de una persona o empresa son muy variadas. Van desde quiebras hasta situaciones personales.
La omisión de pago solo existe cuando se ha establecido previamente una fecha límite de pago. La falta de pago puede ser castigada por la ley. Un castigo común que reciben las personas o empresas que cometen dicho acto, es el embargo.
Las empresas cuando realizan ventas de servicios o productos emiten inmediatamente una factura o contratos mediante el cual el cliente se encuentra comprometido a pagar según lo estipulado en dicha factura o contrato.
La no existencia de un documento previo donde se detalle la fecha de pago, el valor pendiente y la firma del cliente, puede impedir un reclamo legal de cualquier impago. Por tanto, la creación de un contrato o una factura al momento de cerrar un préstamo o venta de producto y/o servicio resulta ser fundamental.
Procedimientos normales frente a un impago
Los estudios o análisis sobre los impagos revelan que esta situación tiene muchas incidencias sobre el desenvolvimiento normal de las empresas. Ello mueve a que las empresas tengan que elevar sus costes financieros, reduciendo así los ingresos y utilidades. Resulta, también, que cuando estos impagos tienen un alto peso sobre el total de cuentas por pagar, suelen limitar el crecimiento de la empresa. A la vez, generan tensiones y fricciones difíciles de sanar entre las partes.
Frente a situación de impago, es recomendable seguir unos pasos lógicos para proceder de la forma más adecuada posible.
- En primer lugar, se debe proceder a contactar al cliente con el fin de conciliar el total adeudado. Si se ha hecho algún abono y este por algún motivo no está reflejado, si el valor de lo abonado no es el mismo, etc.
- Como segundo paso, en vista que se puede dar el caso de alguna confusión con la fecha límite de pago por parte del cliente, resulta conveniente enviar un documento recordatorio al cliente. Mostrándole el monto adeudado y la fecha de pago.
- Si de aquí en adelante el cliente no da respuesta, como tercer paso, se procederá a comunicarle al cliente los pasos legales a seguir para proceder al cobro de lo adeudado.
Además, se le puede comunicar al cliente los intereses que tal deuda generará por cada lapso de tiempo transcurrido, así como el cargo de los gastos legales.